¿SEÑOR GOBERNADOR, UD. SE JUBILARIA SIN COBRAR TODO LO QUE PERCIBE MENSUALMENTE? SI NO ES ASI, ¿Por qué JUBILA DE OFICIO?
SCIOLI INCUMPLE ACUERDOS PARITARIOS, PRODUCE ILEGALIDAD Y MALTRATA LA DIGNIDAD DE LOS TRABAJADORES ESTATALES
El decreto 2676/09 del Gobernador Daniel Scioli donde se busca jubilar de oficio a trabajadores estatales es ilegal, arbitrario e inhumano. Es ilegal porque menciona normas que contradice y no contempla los tiempos que las leyes determinan para jubilarse. Es arbitrario, porque sus ministros acordaron en la paritaria general (acta del 6 de abril de 2009) que no habría jubilaciones de oficio donde no se acordara la equiparación y blanqueo de urpes. Es inhumano porque no reconoce la labor y la experiencia de miles de trabajadores que sostienen el Estado Provincial en hospitales, escuelas y organismo públicos.
Cumplir con la Ley
Sin duda que lo primero que debe hacer un gobernante, que se precie de tal, es cumplir la ley, ya que a través de ella es como legítima sus actos. Parece ser que ese no es el camino que adopta el gobernador de la provincia de Buenos Aires.
Tal vez otro principio que sigue al que expresamos, es que hay que cumplir la palabra empeñada, y pese a que parezca una idea vieja o de otros tiempos, es imprescindible que los hombres públicos den el mejor ejemplo al respecto.
La primera cuestión, cumplimiento de la ley, viene a cuento por que la provincia de Buenos Aires, a través del Dto 2676 del 27 de noviembre del corriente, toma la decisión de jubilar de oficio, CON CARÁCTER RETROACTIVO, al día 30 de junio del 2009. Es imposible dictar normas retroactivas que afecten derechos consolidados de las personas, y éste es el caso específico del decreto que venimos mencionando. Pero hay más, en la parte resolutiva de ese decreto se hace mención a otro, el 4161/96, reglamentario de la ley 10.430. Deberá el señor Gobernador, que firma éste decreto que venimos analizando, leer adecuadamente la norma que él mismo menciona, y así advertirá que la misma INDICA QUE EL DECRETO DONDE SE INDIQUEN LAS PERSONAS QUE HAN DE INGRESAR AL SISTEMA JUBILATORIO DEBE DICTARSE DOS MESES DESPUES DE AQUELLA FECHA, nos referimos al 30 de junio; LO QUE NOS DA COMO PLAZO MAXIMO EL DIA 31 de agosto de 2009.
La norma es ilegal, inconstitucional, e ilegítima ya que dicta un decreto alterando derechos de personas individuales, tres meses después de lo que la ley indica, y pretender que ello tenga carácter retroactivo.-
Respetar los acuerdos paritarios
Si con ello no bastase y entrando al segundo punto, es decir el cumplimiento de la palabra empeñada, es aun más preocupante. Sobre todo si atendemos a que aquella palabra se da en el marco de reuniones paritarias, lo que hace que aquella palabra, volcada en acta respectiva, tenga a los fines legales la misma fuerza que la ley misma.
Allí, en aquellas reuniones, hay un aspecto sustancial, que impide que el decreto que hoy se analiza sea válido. Tanto el Ministro de Trabajo, como así también el Ministro de Economía, que son representantes directos del señor Gobernador, sus voceros, quienes expresan sus opiniones, sus decisiones, dijeron que ERA IMPOSIBLE JUBILAR DE OFICIO A TRABAJADORES, MIENTRAS NO SE RESOLVIERA, PREVIAMENTE, LA SITUACION DE INCORPÒRACION DE LAS URPES A LOS SALARIOS, SOMETIDOS A DESCUENTO, DE LOS TRABAJADORES.
Será necesario recordarle al señor Gobernador que ello, la incorporación de las URPES a los salarios, aun no ha acontecido en todos los ámbitos de la administración pública provincial. Por ende aquella palabra empeñada surge como faro que ilumina el correcto camino.
La Constitución Provincial y los trabajadores estatales
Nuestra constitución provincial en su art. 39 habla de los derechos de los trabajadores y contiene el principio de progresividad, que es aquel que tiende siempre al mejoramiento de la situación de nuestros laburantes. Aquel, por cierto, se vería totalmente incumplido si el Gobernador, pone en peor situación a miles de trabajadores jubilándolos de oficio, al hacer que, de inmediato, pierdan parte de su salario que, durante años les ha sido liquidado en negro. Y ésta última actitud también es por su conducta, por su decisión o por su indecisión, como también y ello forma parte directa de aquel salario, la imposibilidad de recategorizaciones y acceder a una carrera digna a través de un nuevo escalafón, prometidos pero no cumplidos.
La verdad es una sola y aquella siempre debe reflejarse en la realidad, si a Ud. Le preocupa la gente, su gente, quienes habitan la provincia y han dado por ella largos años de su vida en una adecuada prestación de tareas para la misma, cumpla con la ley y la palabra empeñada. Por ende deberá derogar, asumiendo el error cometido, el decreto 2676/09, allí habrá un acto de grandeza, reconocer el equívoco; de otra manera continuará en clara demostración que poco le importa el pueblo y especialmente el trabajador.
CONTACTOS: Hugo “Cachorro” Godoy. Sec. Gral. ATE y CTA Prov.
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Fuente: www.atepba.org.ar